En ALGEC remarcamos que el maltrato físico y simbólico hacia las personas mayores no debe pasar inadvertido, nunca.
En el año 2011, bajo la resolución 66/127, la Asamblea General de las Naciones Unidas designó el 15 de junio como Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez. Esta fecha explicita y reconoce uno de los problemas sociales más graves que existen en el mundo y resalta el pleno rechazo a los abusos y sufrimientos cometidos contra las personas mayores.
De acuerdo a la Convención Interamericana de Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que en Argentina rige tras la promulgación de la Ley 27.360, el maltrato se define como la “acción u omisión, única o repetida, contra una persona mayor que produce daño a su integridad física, psíquica y moral y que vulnera el goce o ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales, independientemente de que ocurra en una relación de confianza”.
En este sentido, es necesario tomar conciencia que el maltrato puede definirse como un acto que causa daño físico y/o psicológico pero también como la falta de medidas y acciones adecuadas para evitar que suceda un hecho que vulnere los derechos de las personas mayores. Es decir, el maltrato no es algo que se circunscriba solamente a la esfera privada también hay que considerarla desde el sector público.
En Argentina, particularmente, no podemos desestimar el maltrato que ejercen las autoridades nacionales contra las personas mayores en cuanto a la anulación y/o vulneración de muchos de sus derechos: la clara disminución de los haberes jubilatorios respecto a un incremento incuestionable de precios -después de 13 años, por primera vez, al aumento de la jubilación es menor a la inflación-, la consecuente pérdida de capacidad de compra, la eliminación de la gratuidad de numerosos medicamentos que eran entregados sistemáticamente, la reducción en la entrega del bolsón alimentario a través de PAMI y el aumento de la pobreza que alcanza, según datos del INDEC 2016, al 26,7% de las personas mayores de 60 años.
Ese maltrato ejercido desde el ámbito público, y aquí reside nuestra advertencia, también se constituye en una dimensión simbólica que no es menos importante. Sin duda, frente a este contexto, las personas mayores pierden la independencia económica y, lo que no es menor, la autoestima. ¿Acaso pueden imaginar lo que siente una persona mayor cuando tiene que pedirle dinero a un familiar o amigo porque no le alcanza para comprar remedios o alimentos?
Es así que, en contra del maltrato material y simbólico, físico y psicológico, en esta fecha de toma de conciencia, consideramos fundamental destacar algunos de los derechos que contempla la mencionada Convención a favor de las personas mayores y resaltar su carácter jurídico vinculante: el derecho a la igualdad y no discriminación por razones de edad, el derecho a la vida y a la dignidad de la vejez, el derecho a la independencia y la autonomía, el derecho a la participación e integración comunitaria, el derecho a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia, el derecho a brindar consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud, el derecho a la libertad personal, el derecho a la libertad de expresión y de opinión y al acceso a la información, el derecho a la privacidad y a la intimidad, el derecho a la seguridad social, el derecho a la educación, el derecho a la cultura, el derecho a la recreación, al esparcimiento y al deporte.