Por Tania Mora Biere – Abogada y Magíster en Derecho Internacional de los Derechos Humanos – ALGEC – Chile.
Hace ya cinco años se presentó ante la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) y también al mundo, el primer instrumento de derechos humanos vinculante, en estandarizar y especificar los derechos de las personas mayores. El proyecto de Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, en ese mismo acto, se aprobó y abrió a la ratificación de los países. A la fecha, 7 de los 10 países que se requieren para iniciar sus mecanismos de seguimiento, esto es, la Conferencia de Estados parte y Comité de expertos, la han ratificado o se han adherido a ella.
Ahora bien, en estos tiempos de pandemia universal producto del Covid 19, se hace necesario más que nunca, dar una mirada de derechos humanos y rechazar todas las formas de discriminación en contra de las personas de edad, en especial en el ejercicio de los derechos a la vida, a la salud, y al respeto a su autonomía, en la toma de decisiones, y a su independencia en la realización de sus actos, especialmente aquellos relacionados a su salud.
Las personas mayores han sido uno de los focos principales de mortalidad producto del virus, según Naciones Unidas, se estima que la letalidad de los mayores de 80 años es cinco veces superior a la de otros grupos etarios y a medida que el virus se expande por el mundo y multiplica hacia países pobres, es probable que estas tasas de mortalidad aumenten. Podríamos decir entonces que el virus Covid 19 se ha convertido en un asesino en serie de las personas mayores, sobre todo de aquellas de 80 años y más, y si bien, hoy el virus está en retirada en Europa, o al menos eso se espera, al transparentarse las cifras de fallecimiento de la población, se constata que el virus afectó principalmente a las residencias de larga estadía. Sólo en España, se estima que se registraron más de 16.000 muertes en residencias de adultos mayores
Volviendo a la Convención Interamericana, el Preámbulo señala: “Remarcando que la persona mayor tiene los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que otras personas; y que estos derechos, incluido el de no verse sometidos a discriminación fundada en la edad ni a ningún tipo de violencia, dimanan de la dignidad y la igualdad que son inherentes a todo ser humano”.
El principio de igualdad y no discriminación nos indica, que todas las personas, cualquiera sea su edad, cuentan con los mismos derechos humanos, fundamentales, interdependientes y complementarios, por lo que, y de acuerdo al derecho internacional de los derechos humanos y específicamente a la Convención Interamericana, el Estado no puede discriminar por edad el acceso a los servicios de salud, de hospitalización, de detección de la enfermedad o de cualquier tipo de tratamiento, incluido los mecanismos de respiración asistida, cuando la enfermedad deviene en neumonía o en alguna falla respiratoria grave. Siguiendo este principio de aplicación universal, no existen mejores personas que otras, no importan las diferencias de cada uno, lo que incluye, por cierto, a la edad. Todas las personas somos iguales al momento de enfrentarnos al contagio de Covid, y por lo tanto el Estado no puede discriminar a algunos por sobre otros, basado sólo en alguna categoría sospechosa de discriminación, como lo es la edad en la vejez.
Si bien la Convención Interamericana no ha sido ratificada por todos los países de la región, sirve como un parámetro o estándar, especialmente para la sociedad civil, que no puede ser obviado por los Estados, al establecer un catálogo de derechos específicos para las personas de edad, que incluyen, entre otros, el derecho a la vida y a la dignidad en la vejez (artículo 6), el derecho a la salud (artículo 19), el derecho a la igualdad y no discriminación por edad en la vejez (artículo 5) y el derecho a la independencia y a la autonomía, (artículo 7).
Finalmente, sólo resaltar que en esta situación de excepción en las que nos encontramos, luchando contra una pandemia global, no podemos permitir que existan personas de primera y de segunda categoría en el ejercicio de sus derechos humanos. Debemos reclamar al Estado la protección de todas las personas afectadas, especialmente aquellas que hoy se encuentran en una situación de mayor riesgo en su salud y, por cierto, de su vida, las personas mayores.
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