La Asociación Latinoamericana de Gerontología Comunitaria (ALGEC) y el Centro de Estudios de Políticas Para Personas Mayores (CEPPEMA) RECHAZAMOS y REPUDIAMOS CON FUERZA Y CONVICCIÓN la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE11) de la Organización Mundial de la Salud (OMS) que expresa que “la vejez es una causa de enfermedad y mortalidad”.
Sin duda esta definición representa una enorme involución cultural, social y política que desacredita y/o anula el indispensable enfoque de derechos humanos que promovemos y aplicamos en los temas de vejez y envejecimiento.
Durante muchos años especialistas y funcionarixs de América Latina han debatido y reflexionado responsablemente para generar uno de los documentos más claros y relevantes de la región: la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.
Desde este marco resaltamos que:
- Es fundamental reconocer “las valiosas contribuciones actuales y potenciales de la persona mayor al bienestar común, a la identidad cultural, a la diversidad de sus comunidades, al desarrollo humano, social y económico y a la erradicación de la pobreza”.
- La vejez debe ser comprendida como “una construcción social y como la última etapa del curso de vida”, y el envejecimiento como “un proceso gradual que se desarrolla durante todo el curso de vida”.
- El envejecimiento activo y saludable es “un proceso por el cual se optimizan las oportunidades de bienestar físico, mental y social, de participar en actividades sociales, económicas, culturales, espirituales y cívicas, y de contar con protección, seguridad y atención, con el objetivo de ampliar la esperanza de vida saludable y la calidad de vida de todos los individuos en la vejez, y permitirles así seguir contribuyendo activamente a sus familias, amigos, comunidades y naciones”.
Estas definiciones permiten identificar a las personas mayores como sujetos de derecho que transitan la vejez y no como objetos de cuidado que experimentan obligadamente múltiples y mortales enfermedades. ¿Acaso esta es la nueva concepción que proponen para abordar y concebir nuestro futuro como seres envejecientes? ¿Cuál es el objetivo? ¿Fortalecer la creencia social que interpreta a la vejez como una etapa de sufrimientos y de dolor?
Desde ALGEC y CEPPEMA realizamos un trabajo constante para cuestionar, interrogar y deconstruir las ideas estigmatizantes que suprimen, subestiman y discriminan a las personas mayores por razones de edad. Se trata de una tarea colectiva a la que se unen numerosas organizaciones, organismos, profesionales y personas mayores de toda la región, haciéndose eco del artículo 5 de la mencionada Convención y reconociendo el derecho a la vida y a la dignidad en la vejez que marca en su artículo 6.
Invitamos a quienes definen y redactan el CIE11 a leer Capítulo V “Toma de Conciencia”, y en particular, su artículo 23, en el que se explicita que los Estados deberán “fomentar una actitud positiva hacia la vejez y un trato digno, respetuoso y considerado hacia la persona mayor y, sobre la base de una cultura de paz, impulsar acciones de divulgación, promoción de los derechos y empoderamiento de la persona mayor, así como evitar el lenguaje e imágenes estereotipadas sobre la vejez”.
Sería más que significativo que también realizaran una revisión, un viaje hacia unos años atrás, en 2016 la OMS (Organización Mundial de la Salud) en la 69° Asamblea Mundial de Salud destacaba la importancia de la “acción multisectorial para un envejecimiento saludable basado en el ciclo de vida”, y explicaba en el párrafo 4 que “la mayoría de los problemas de salud de las personas mayores están relacionados con trastornos crónicos, especialmente enfermedades no transmisibles. Muchas de esas enfermedades se pueden prevenir o retrasar mediante comportamientos que propicien la salud. De hecho, aun en edades muy avanzadas, la actividad física y la buena nutrición pueden arrojar beneficios extraordinarios para la salud y el bienestar”.
De hecho, un año antes, en 2015, la Organización de Naciones Unidas (ONU) proponía en la agenda 2030, puntualmente en su Objetivo 3, “garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades” y en el punto 3.4. expresaba como meta “reducir en un tercio la mortalidad prematura por enfermedades no transmisibles mediante su prevención y tratamiento, y promover la salud mental y el bienestar”.
En consonancia con los planteamientos de la OMS que define al envejecimiento saludable como “un proceso en el cual se debe fomentar y mantener la capacidad funcional que permite el bienestar en la vejez”, la Asamblea General de la ONU declaró la Década del Envejecimiento Saludable 2020-2030, para “lograr y apoyar las acciones destinadas a construir una sociedad para todas las edades”.
Entonces, si la vejez es una etapa del curso de vida, si además las personas mayores presentan enfermedades crónicas, y la OMS trabaja para reducir la mortalidad de la mismas, considerar a la vejez como la causa de enfermedad o mortalidad es, por un lado, invisibilizar los verdaderos problemas de salud que sufren las personas mayores y, por el otro, expulsarlas de la categoría de “sujetos de derechos” al establecer que a una determinada edad la única consecuencia posibles es la muerte.
Por ello RECHAZAMOS Y REPUDIAMOS CON FUERZA Y CONVICCIÓN la definición de la CIE11 que concibe a la vejez como causa de enfermedad y muerte.
Vivir es envejecer y la vejez es una etapa del curso de vida que debemos construir con potencialidades y virtudes, sin negar las pérdidas. Esta concepción nos invita a proyectar nuestro futuro y a entender la existencia colectiva e individual como posibilidad de acción, siempre, independientemente de la edad.
POR VEJECES LATINOAMERICANA DIGNAS, LIBRES DE DISCRIMINACIÓN Y MALTRATO.
ALGEC Y CEPPEMA